
La nueva reglamentación, que será publicada y entrará en vigor el 1 de mayo, indica que la competición atlética continuará dividida en categorías masculina y femenina en reconocimiento de que hay una diferencia entre el rendimiento deportivo entre hombres y mujeres, que se debe principalmente al aumento de los niveles de las hormonas andrógenos en los primeros.
Además, señala que una mujer con hiperandrogenismo que es reconocida legalmente como mujer será elegible para competiciones atléticas femeninas siempre que tenga los niveles de andrógenos por debajo del rango masculino (medido en función de los niveles de testosterona en suero), o, si tiene los niveles de andrógenos dentro de los parámetros masculinos, tiene una resistencia a los mismos que significa que no hay ninguna ventaja competitiva. MÁS INFORMACIÓN